Guía para el asegurado en la póliza FENIE responsabilidad civil de instaladores

Publirreportaje de: CSM CORREDURÍA DE SEGUROS

Uno de los servicios más valorados y utilizados por los asociados de FENIE es la Póliza de Responsabilidad Civil que pueden suscribir por el mero hecho de ser socios y que ofrece las mayores coberturas disponibles en las mejores condiciones del mercado.  A continuación ofrecemos una pequeña guía para conocer dichas coberturas así como unas pautas de actuación ante un siniestro.

*DETALLE DE LAS PRINCIPALES COBERTURAS CONTRATADAS:
 Resp. Civil ExplotaciónAmpara la Resp. Civil que pueda derivarse para el Asegurado por los daños materiales, personales y perjuicios a consecuencias de ellos, ocasionados involuntariamente a terceros por el desarrollo de la actividad asegurada.
 Resp. Civil PatronalAmpara al Asegurado frente a reclamaciones presentadas por su personal asalariado, o sus derechohabientes, a causa de daños corporales o muerte de dicho personal, que sean consecuencia de accidentes de trabajo sufridos en el ejercicio de sus funciones.
Resp. Civil Post-trabajosQueda cubierta la Resp. Civil en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de daños causados por las obras, montajes o trabajos que hubiese ejecutado, después de la recepción provisional o definitiva de los mismos por sus destinatarios. DURACIÓN: Sin limitación temporal durante la vigencia de la póliza; extinguida la póliza, el plazo máximo de reclamación será de 36 meses, salvo en el caso de las instalaciones de gas y/o productos petrolíferos líquidos que será de 48 meses.
  Resp. Civil Subsidiaria de Subcontratistas  Se garantizan las reclamaciones por daños que causen los subcontratistas, siempre y cuando su póliza de Resp. Civil sea insuficiente para el pago de la indemnización y se nos considere responsable.
 Resp. Civil CruzadaAmpara la Resp. Civil que pudiera corresponder al Asegurado por los daños personales que se causen entre sí los subcontratistas o entre los respectivos empleados de los mismos, así como los daños personales causados por el contratista principal o los subcontratistas o que se causen entre los empleados de los mismos.
Resp. Civil LocativaSe garantizan los daños que puedan producirse al local arrendado por el Asegurado durante el ejercicio de su actividad o como consecuencia, del agua, incendio o explosión.
Resp. Civil InmobiliariaQueda incluida la Resp. Civil del Asegurado derivada de la propiedad de terrenos, edificios, locales e instalaciones dedicados a la actividad objeto del seguro.
Resp. Civil De ProductoCubre los daños materiales, personales y perjuicios producidos después de la entrega de productos fabricados, suministrados, vendidos o distribuidos por el asegurado.
Resp. Civil por Contaminación Accidental  Ampara la Resp. Civil en que puede incurrir el Asegurado por daños y perjuicios derivados de contaminación medioambiental causada a terceros, exclusivamente cuando dicha contaminación se produzca de forma accidental y repentina.
Resp. Civil ProfesionalCubre la Resp. Civil del Asegurado por actuaciones profesionales de los ingenieros y otros técnicos en plantilla siempre que la acción u omisión origen de la reclamación haya sido causada en el ejercicio de sus funciones dentro de la empresa.
Defensa y Fianzas  Quedan amparados los gastos de Defensa Judicial y Fianzas que fueran necesarias para la defensa de sus intereses frente a reclamaciones de terceros.

Para beneficiarse de todas estas coberturas será preciso mantener la condición de socio de FENIE durante la vigencia de la póliza.

*FRANQUICIA.

Es la cantidad que se deducirá de la indemnización que corresponda en caso de siniestro y que irá a cargo del asegurado. Será de aplicación, para todo tipo de siniestros, una franquicia general. No obstante lo anterior, existen supuestos en los que serán de aplicación franquicias especiales.

*CÓMO ACTUAR EN CASO DE SINIESTRO.

En CSM CORREDURIA contamos con un departamento especializado en siniestros con una amplia experiencia en tramitación y gestión integral de todo tipo de siniestros, en especial de RESPONSABILIDAD CIVIL.

Es necesario seguir estas recomendaciones en la medida de lo posible, ya que su seguimiento puede suponer la aceptación o no del siniestro por parte de la Compañía:

  • COMO PRECAUCIÓN BÁSICA NUNCA SE DEBERÁ ASUMIR RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA O DE SUS TRABAJADORES ANTE UN SINIESTRO FRENTE AL CLIENTE. Es preferible comunicar siempre el siniestro antes a CSM CORREDURÍA para poder asesorarles.
  • ES OBLIGACION DEL ASEGURADO MINIMIZAR LOS DAÑOS, para ello es aconsejable reparar el origen del siniestro para que no se sigan produciendo, si bien deberán conservarse aquellos elementos necesarios para determinar el origen del daño, así como su responsable.
  • EL SINIESTRO DEBERÁ SER COMUNICADO A CSM CORREDURÍA DENTRO DEL PLAZO MÁXIMO DE 7 DÍAS A CONTAR DESDE LA FECHA EN LA QUE FUE CONOCIDA SU OCURRENCIA FACILITANDO LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

-En relación al causante de los daños, debemos conocer sus datos personales y de contacto (nombre, domicilio y teléfono). Con esto nos referimos al empleado que ha originado los daños

-En relación al siniestro han de facilitarnos la fecha y lugar de ocurrencia, causas y circunstancias, lo mas detalladas posible, junto con los daños causados y datos de los posibles perjudicados. Estos datos siempre se solicitan por escrito para su traslado a la aseguradora. Seria muy recomendable que nos pudieran facilitar fotografías de los daños causados, a fin de evitar reclamaciones de daños no causados en el siniestro.

  • Desde CSM CORREDURIA, se les solicitara DOCUMENTACION necesaria para la correcta tramitación del siniestro por parte de la Aseguradora:

-TC2 o RECIBO DE AUTONOMOS de la fecha de ocurrencia del siniestro

-FACTURA DE TRABAJOS REALIZADOS, por los que ha ocurrido el siniestro

– PRESUPUESTO DE REPARACION de los daños causados en el siniestro

En cuanto a reclamaciones judiciales o administrativas relacionadas con un siniestro deberán de comunicarse urgentemente a CSM CORREDURIA a fin de designar letrado e iniciar las actuaciones necesarias

  • EN CASO DE QUE POR LA GRAVEDAD-URGENCIA TENGA QUE COMUNICAR UN SINIESTRO ENTRE LA TARDE DEL VIERNES Y EL DOMINGO DIRECTAMENTE A LA COMPAÑÍA ES CONVENIENTE QUE NOS INFORME DE ELLO AL SIGUIENTE DÍA HÁBIL PARA ASÍ HACER EL OPORTUNO SEGUIMIENTO DESDE UN PRINCIPIO.

*CÓMO ACTUAR EN CASO DE SINIESTRO.

En CSM CORREDURIA contamos con un departamento especializado en siniestros  con una amplia experiencia en tramitación y gestión integral de todo tipo de siniestros, en especial de RESPONSABILIDAD CIVIL

*¿DÓNDE COMUNICAR UN SINIESTRO?

CSM CORREDURIA SEGUROS MADRID. LÍNEA EXCLUSIVA FENIE

TEL: 91 4171496

E-MAIL: siniestrosfenie@csmcorreduria.es